El Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (SPEPM) informó que el Decreto Nacional N.º 787/2025, que dispone la desregulación de aranceles en colegios privados, no tiene aplicación en el territorio misionero.
Desde el organismo explicaron que la regulación de los aranceles escolares es competencia exclusiva de la provincia, en el marco de la Ley VI-46 (ex Ley 2987), que establece las atribuciones del SPEPM para supervisar, autorizar y controlar los valores que perciben las instituciones educativas de gestión privada.
En su comunicado oficial, el ente provincial aclaró que la normativa nacional publicada el 11 de noviembre “no resulta aplicable ni vinculante en Misiones”, dado que la materia arancelaria fue transferida a las jurisdicciones provinciales a partir de la Ley Nacional 24.049, que descentralizó la administración de los servicios educativos.
El decreto firmado por el Poder Ejecutivo Nacional derogó normas anteriores que regulaban los aranceles bajo supervisión del Ministerio de Educación nacional, pero dichas disposiciones perdieron vigencia práctica tras el traspaso de competencias a las provincias.
El SPEPM recordó además que la Constitución Nacional y la Ley de Educación Nacional N.º 26.206 respaldan esta autonomía, al reconocer que cada provincia tiene la potestad de organizar, autorizar y fiscalizar su sistema educativo.
Por esa razón, el organismo subrayó que siguen plenamente vigentes las resoluciones provinciales que establecen los topes y procedimientos de autorización de incrementos en las cuotas escolares.
> “Los establecimientos de gestión privada deben abstenerse de aplicar aumentos invocando el Decreto 787/2025 y continuar utilizando los canales de autorización previstos por la autoridad provincial”, indicaron desde el SPEPM.
Finalmente, se recordó que la normativa provincial vigente contempla criterios sociales y económicos para la fijación de los aranceles, atendiendo al aporte estatal y a las particularidades de cada institución.