La Justicia ordenó al Gobierno aplicar de inmediato la Ley de Emergencia en Discapacidad

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 La Justicia ordenó al Gobierno aplicar de inmediato la Ley de Emergencia en Discapacidad
La Justicia ordenó al Gobierno aplicar de inmediato la Ley de Emergencia en Discapacidad

Un fallo de la Justicia federal con impacto en todo el país dispuso que el Gobierno nacional ponga en vigencia de manera inmediata la Ley de Emergencia en Discapacidad, dejando sin efecto la suspensión que había sido establecida por decreto del Poder Ejecutivo.


La resolución fue dictada por el Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, quien consideró inconstitucional la decisión del Ejecutivo de frenar la aplicación de la norma pese a que había sido ratificada por el Congreso tras el rechazo del veto presidencial. Según el magistrado, una ley sancionada y confirmada por el Parlamento no puede quedar supeditada a decisiones administrativas ni a normas de menor jerarquía.


La causa se inició a partir de la presentación de familias con hijos que cuentan con Certificado Único de Discapacidad, quienes denunciaron que la suspensión de la ley provocó interrupciones en tratamientos, pérdida de prestaciones y el cierre de instituciones que brindan servicios esenciales. A la demanda se sumaron organizaciones sociales, educativas y de derechos humanos de distintas provincias.


En su fallo, el juez también rechazó los argumentos vinculados a la falta de recursos económicos. Señaló que el propio Congreso había habilitado mecanismos para realizar reasignaciones presupuestarias y recordó que el Estado realizó modificaciones en el presupuesto para otros fines, por lo que no podía justificar la paralización de una norma destinada a un sector especialmente vulnerable.


La sentencia remarca la obligación del Estado de garantizar la protección integral de las personas con discapacidad y de evitar retrocesos en derechos vinculados a la salud, la educación y el cuidado. Además, ordena la notificación a las partes involucradas, la publicación del fallo en el Registro de Procesos Colectivos y establece que las costas del proceso deberán ser asumidas por el Estado Nacional.


Con esta decisión judicial, la Ley 27.793 deberá aplicarse plenamente en todo el territorio argentino, lo que representa un antecedente relevante en la defensa de los derechos sociales y en la delimitación de los alcances de la potestad del Poder Ejecutivo frente a leyes vigentes.

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